La empresaria Circe Almánzar, exvicepresidenta de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), considera que si no se tocan todos los puntos del Código de Trabajo actual en el proyecto de ley que se discute el Senado, de lo que se trata en realidad es de una modificación legislativa y no de una reforma laboral, como se ha planteado.
Cree que si en el momento no están los niveles de consenso para hacer la reforma integral, lo que aprobaría el Congreso Nacional sería algunos cambios al Código Laboral y “no una verdadera reforma”.
“Si no están las circunstancias dadas, porque todas las partes no entienden que no debe ser, entonces haríamos una modificación parcial (…). Si no hay las condiciones, haríamos una modificación”, reiteró.
Almánzar dijo: “Hay que darse su tiempo” para lograr la revisión exhaustiva a la norma laboral promulgada en el año 1992, para lograr los avances más importantes y se tome en cuenta que el mundo está cambiando.
“Hay que hacer una discusión profunda para que veamos qué es lo que realmente está pasando, no nos quedemos encasillados por la discusión de la cesantía, sino que veamos más allá de aquellas cosas que están provocando que la gente no se motive a tener empleo formal. Entonces, si dejamos las cosas como están, vamos a seguirlo en lo mismo”, propuso.
ARAPF teme nuevo Código Laboral desproteja a mujeres tras embarazo
La Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos, Inc. (ARAPF) manifestó su preocupación por la nueva redacción de los artículos 240 y 242 del Código de Trabajo, luego de la aprobación, en primera lectura, del proyecto de ley orgánica que modifica a la Ley 16-92.
En el caso del artículo 240, según precisa la entidad, se cambia la condición a la mujer de tener el derecho a tres descansos remunerados durante su jornada, de 20 minutos cada uno, como mínimo, con la condicionante de que sea para amamantar al hijo. No obstante, a juicio de ARAPF, esto representa una discriminación, pues condiciona el acceso a los descansos remunerados durante la jornada laboral sólo a aquellas madres que se encuentren lactando.
Indica que no se toma en consideración, por consiguiente, a mujeres que, por razones médicas (como mastitis, tratamientos oncológicos, infecciones u otros diagnósticos), o por decisión personal, no pueden o no desean amamantar, y, sin embargo, cumplen un rol de cuidado fundamental para sus hijos.
Si hay complicaciones en el embarazo o parto
El otro aspecto de la reforma laboral que concitó inconformidad en ARAPF fue la nueva redacción del artículo 242, el cual, según detalla, aborda la posibilidad de conceder licencias médicas sin disfrute de salario en casos de complicaciones en el embarazo o el parto. En la pieza se elimina el requisito de que dicha licencia dependía de que el empleador estuviera al día con la seguridad social de la trabajadora o que ésta contara con un seguro médico.